Notificaciones Electrónicas DEH Agencia Tributaria España
La Dirección Electrónica Habilitada Única es la herramienta que facilita el acceso a los ciudadanos y empresas a las notificaciones y comunicaciones emitidas por las Administraciones Públicas.
En unos sencillos pasos con este video tutorial.
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Una notificación puede encontrarse en los siguientes estados:
• Puesta a Disposición Sin leer: cuando el destinatario ha recibido la notificación en su buzón y está disponible para su aceptación y lectura, o rechazo.
• Leído Aceptada: si el destinatario ha accedido a la notificación y ha procedido a su descifrado y lectura correctamente.
• Rechazado Rechazada: si el usuario ha decidido no leer esa notificación de forma expresa.
• Rechazado de forma automática Rechazada: si ha transcurrido el plazo de 10 días naturales de validez de las notificaciones administrativas que establece la ley, sin que el ciudadano haya leído o rechazado la notificación.
Nueva sede electrónica de la Agencia Tributaria: Te informamos de que los sitios web: "www.agenciatributaria.es" y "www.agenciatributaria.gob.es" se han cerrado con fecha 13 de diciembre, y han sido sustituidos en su totalidad por la nueva sede electrónica de la Agencia Tributaria "sede.agenciatributaria.gob.es".
Si lo deseas, puedes obtener información sobre la estructura y navegación en esta nueva sede en el siguiente enlace: "Estructura y navegación en la sede electrónica":
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Que te ayudará a conocer su estructura, navegar por ella y a localizar la información y/o las gestiones que desees realizar.
También puedes navegar mediante el menú superior, utilizar el buscador, o acceder a la página de Inicio:
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La Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT) de España, comúnmente llamada Agencia Tributaria, es un ente de derecho público de la Administración General del Estado encargado de la gestión del sistema tributario y aduanero estatal, así como de los recursos de otras Administraciones y entes públicos, nacionales o de la Unión Europea, cuya gestión se le encomiende.
La Agencia Tributaria se creó por el artículo 103 de la Ley 31/1990, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 1991 y se constituyó de manera efectiva el 1 de enero de 1992.
Se configuró como una entidad de derecho público adscrita al entonces Ministerio de Economía y Hacienda a través de la antigua Secretaría de Estado de Hacienda y Presupuestos. Cuenta con un régimen jurídico propio distinto al de la Administración General del Estado que le confiere cierta autonomía en materia presupuestaria y de gestión de personal.
Tiene encomendada la aplicación efectiva del sistema tributario estatal y aduanero, así como de aquellos recursos de otras Administraciones públicas nacionales o de la Unión Europea cuya gestión se le encomiende por ley o por convenio.
Le corresponde aplicar el sistema tributario de forma que se cumpla el principio constitucional en virtud del cual todos han de contribuir al sostenimiento de los gastos públicos de acuerdo con su capacidad económica. No obstante, no tiene competencias para la elaboración y aprobación de normas tributarias ni para asignar los recursos públicos entre las diversas finalidades.
Tiene como misión el fomento del cumplimiento por la ciudadanía de sus obligaciones fiscales. Para ello desarrolla dos líneas de actuación: por una parte, la prestación de servicios de información y asistencia a cualquier contribuyente para minimizar los costes indirectos asociados al cumplimiento de las obligaciones tributarias y, por otra parte, la detección y regularización de los incumplimientos tributarios mediante actuaciones de control.
La estructura de la Agencia Estatal de Administración Tributaria se encuentra recogida en la Orden PRE/3581/2007, de 10 de diciembre, por la que se establecen los departamentos de la Agencia Estatal de Administración Tributaria y se les atribuyen funciones y competencias
Las directrices generales del Plan de Control Tributario y Aduanero incluyen las líneas de actuación de prevención y control del fraude más relevantes.
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Para poder utilizar DEHú no es necesario darse de alta, simplemente cualquier ciudadano y/o empresa puede acceder utilizando los siguentes medios electrónicos de autenticación:
• Certificado digital o DNI electrónico;
• Cl@ve PIN;
• Cl@ve Permanente;
• Identificadores europeos basados en el nodo eIDAS.
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