En este vídeo comentamos hasta qué punto las secuelas cognitivas de un daño cerebral referidas a la atención, concentración y memoria inciden en la capacidad laboral de la persona afectada. La reciente sentencia del juzgado de lo social número 8 de Madrid nos da la razón, y considera que con limitaciones atencionales y de concentración no se puede realizar ningún tipo de trabajo con las debidas condiciones de continuidad y rentabilidad, concediendo a la demandante la incapacidad permanente absoluta con el pago del 100% de su base reguladora, modificando así la decisión del INSS que tan solo la concedía un grado de total, es decir, el 55% de su base reguladora.
También entrevistamos al perito médico especialista en neurología y valoración del daño cerebral Pedro Bermejo, quien nos relata como estas secuelas cognitivas inciden en las actividades laborales.
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