Es el procedimiento administrativo a través del cual se otorga la Calidad Migratoria Familiar Residente precisamente al Padre o Madre que ingresará a Perú.
La Visa respectiva es autorizada en el Consulado Peruano correspondiente siendo potestad discrecional del Estado Peruano el otorgamiento de la misma.
⚠️ Este procedimiento administrativo es de evaluación previa en un plazo máximo de treinta (30) días hábiles y se aplica el Silencio Administrativo Negativo.
➡️ Agencia Digital de Migraciones:
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➡️ Buzón Electrónico:
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