#agenda2030 #agriculturacubana #soberaniaalimentaria
La Ley cubana de Soberanía Alimentaria y Seguridad Alimentaria y Nutricional” se refiere en su Título V a la prevención y reducción de las pérdidas y desperdicios de alimentos
Ley 148/2022 (GOC-2022-754-O77)
Título V - Capítulo II
Artículo 66.1. El Comité Nacional para la Prevención y Reducción de Pérdidas y Desperdicios de Alimentos establece las directrices y protocolos relativos a la prevención y disminución de las pérdidas y desperdicios de alimentos en las cadenas alimentarias.
2. El Comité Nacional para la Prevención y Reducción de Pérdidas y Desperdicios de Alimentos se adscribe al Ministerio de la Agricultura.
3. El referido Comité está representado en la Comisión Nacional.
4. La composición y atribuciones del Comité Nacional para la Prevención y Reducción de Pérdidas y Desperdicios de Alimentos se establecen en el Reglamento de la presente Ley.
Artículo 67. El Comité Nacional para la Prevención y Reducción de Pérdidas y Desperdicios de Alimentos supervisa la implementación de las estrategias y medidas contenidas en el presente Título.
![](https://i.ytimg.com/vi/GRNJHRxoZMA/mqdefault.jpg)