…actualmente la CONSTITUCION DE LA REPUBLICA DE CUBA en varios de sus artículos reconoce a los cuban@s algunos derechos y libertades, siempre que estas estén apegadas a la revolución ó el socialismo. Ejemplo de ello podemos encontrarlos en artículos como el 39 ch) ó el 53 los cuales expresan lo siguiente:
ARTICULO 39 ch) es libre la creación artística siempre que su contenido no sea contrario a la Revolución…
ARTICULO 53.-Se reconoce a los ciudadanos libertad de palabra y prensa conforme a los fines de la sociedad socialista…
por ello y más MSURD esta de pie junto a los que dicen “ES EL PUEBLO TODO Y NO EL PARTIDO”, recuerda que el derecho a expresarse es un derecho de cada ser vivo, aquellos que nos prohíben hacerlo, no son menos que ASESINOS!!
entonces, PONGÁMOSLE FIN AL GENOCIDIO!!!
“un solo palo no hace monte, pero ya no eres solo, ahora somos MSURD”
“...el miedo es de humanos pero el acto de liberarse es de valientes!!”
“…un buen esclavo agradece a su amo que este le mantenga con vida, que no le mande al cepo,
que le deje soñar su folclor y hasta que de vez en cuando le escriba una carta de amor…”
Según el ARTICULO 69 de nuestra constitución; “La Asamblea Nacional del Poder Popular es el órgano supremo del poder del Estado que representa y expresa la voluntad soberana de todo el pueblo…” por lo que; si tod@s presentamos nuestras propuestas ante el o la diputada a la ANPP electo, este constitucionalmente puede estar obligado a presentar, defender las mismas o al menos propiciar que sean sometidas a debate y en el mejor de los casos a votación… O sea, tú puedes aportar a la construcción del cambio hacia un realidad de la que, absolutamente tod@s podamos ser parte…!! Recuerda, solo aquellos que promueven la plena y real inclusión de todos serán capaces de construir la paz verdaderamente profunda…!
NO ESPERES A QUE OTROS HAGAN LO QUE SOLO A LOS CUBANOS DE PAZ, NOS CORRESPONDE HACER…!
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