Gran duda de muchos emprendedores o empresarios. Veo contínuamente contratos mercantiles firmados en actividades de ventas, comisionistas, seguros, formadores,... y el que quiere que trabajen para ellos les dice " No hace falta que seas autónomo ".
Luego vemos sentencias, disposiciones de Seguridad Social y Agencia Tributaria en casos como repartidores de comida a domicilio, falsos autónomos en Centros de Estética o Dentales. Cuando interviene la Administración los obliga a contratarlos en Régimen General con carácter retroactivo.
Cuando inspeccionan a estos sujetos pasivos de irpf y los encuadra la Seguridad Social les obliga a ser alta con carácter retroactivo. Conllevando pago de sanciones, recargos e intereses.
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