Vea el video "Como desarrollo DISCIPLINA"
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En Puerto Rico, una joven llega a su pubertad legal a los 16 años, por lo tanto, si un adulto tiene relaciones sexuales con una joven de 16 años o más, no incurre en delito. Si la joven tiene menos de 16 años, se configura el delito de agresión sexual y la pena fija es de 50 años. Si la joven de menos de 16 años queda embarazada, o las relaciones sexuales se llevan a cabo en su casa, se configuran además, unos agravantes y la pena total es de 62.5 años en cárcel.
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*** DESCARGO DE RESPONSABILIDAD: Favor de consultar con su abogado de preferencia en el país que vivas sobre esta información. Cada país tiene sus propias leyes y las mismas son enmendadas cada cierto tiempo. Lo aquí expuesto es cierto en Puerto Rico a la fecha de la publicación de este video.
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