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Tema: Ineficacia de traslado de régimen pensional – Empleado público.
Traslado de Régimen Pensional. Sentencia SL 2593 DE 2021 Sala de descongestión Laboral Corte Suprema de Justicia.
Art. 13 de la ley 100 de 1993 modificado por el artículo 2 de la ley 797 de 2003. “… el afiliado no podrá trasladarse de régimen cuando le faltaren diez (10) años o menos para cumplir la edad para tener derecho a la pensión de vejez…”
Régimen de ahorro Individual con solidaridad – Administrado por Fondos de Pensiones Privados.
Régimen de Prima Media con Prestación definida Administrado por Colpensiones.
CSJ. Declaro la Ineficacia del traslado. Art. 271 de la ley 100 de 1993. Efectos de la falta de información.
La Corte Suprema de Justicia hace énfasis a que NO es necesario probar los vicios del consentimiento: Error, fuerza o dolo. Lo que se debe analizar es la ineficacia.
Ley 100 de 1993 art. 271. Deber de información no cumplirla genera ineficacia del acto de traslado.
Minuto implica que la información es clara, necesaria y transparente al afiliado.
Probar el cumplimiento del deber de información le corresponde a la Administradora de Fondos de Pensiones no al Afiliado.
Deber de información. Debe la AFP probar que la información es clara, necesaria y transparente al afiliado. Lo cual incluye entonces la utilización de un lenguaje claro y comprensible a fin de que comprendan a plenitud las reglas, consecuencias y riesgos.
Deber de información también incluye la descripción de las establece características, ventajas y desventajas objetivas de cada uno de los regímenes vigentes, así como de las consecuencias jurídicas del traslado.
Sentencia CSJ
• Declaró la ineficacia del régimen pensional, es decir el regreso a Colpensiones.
• Ordenó el reconocimiento de la pensión de vejez, en virtud del régimen de transición.
• Ordenó el pago del retroactivo desde el 1 del 1 de diciembre de 2012.
• No ordenó el pago de los intereses moratorios.
Realizar un comparativo para conocer los beneficios y desventajas.
Ley 1748 de 2014. Decreto 2071 de 2015 Deber de información. Buen Consejo Doble asesoría.
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