Así reclamas si te hacen pagar por el equipaje de mano:
Compro el vuelo. Llego al aeropuerto y me dicen que la maleta de mano la tenías que haber pagado aparte y encima te hacen pagar un extra por hacerlo ahora.
¿Por qué? Por no tener tarifa “priority”
¿Y si mañana resulta que tengo que pagar aparte por el bolso? ¿O por llevar pantalones?
Esto es lo que defiende la reciente sentencia Nº 787/2022 de Madrid (abogada Silvia Campaña), que la maleta de mano pequeña
forma parte de lo mínimo indispensable, que no deben custodiarla como ocurre con el equipaje facturado, que no supone ningún coste añadido para la compañía,
no está amparado por el Reglamento 1008/2008 y la jurisprudencia que lo interpreta
Debe ser considerada una cláusula “abusiva” al ir contra los derechos que el pasajero tiene reconocidos por ley (art. 97 Ley navegación aérea al equipaje de mano del pasajero que nunca podría ser objeto de un cargo adicional,),
generando un grave desequilibrio de prestaciones entre las partes contratantes en perjuicio del consumidor, de ahí que deba ser declarada nula y desterrada del contrato, conforme a lo dispuesto en los arts. 82. 1 y 4, 86.7, 87 y 89.5 de la LCGC .
Para reclamar, les escribes un correo (con Ryanair las comunicaciones son así) y les dices que exiges que te devuelvan tu dinero por la abusividad de la cláusula en base a las sentencias que os dejo a continuación y los argumentos comentados y adjuntando todos los documentos: billetes, reserva, tarjeta de embarque…
En CC pones esta dirección: mailsigned@egarante.com (te envían un mail con copia de lo original enviado con fecha y hora de envío gratis) te valdrá como prueba para futuras acciones.
Cada vez hay más gente reclamando, me lo habéis dicho muchos tras el vídeo. Así que quizás así cedan, si no: Reclamación extrajudicial el Centro Europeo del Consumidor en España.
Si tampoco funciona… vamos a por ellos, demanda. No necesitáis abogado ni procurador (por ser juicio verbal cuya cuantía no exceda de 2.000 € ).
Sentencias además de la mencionada:
- Stc Juzgado Mercantil de Madrid nº 13 de fecha 24 de Octubre de 2019 ( nº 373/2019).
- TJUE sentencia 18 de septiembre de 2014, asunto C-487/12.
- Stc Juzgado Mercantil nº 3 de Alicante (nº 3/2020) 31/1/2020.
Defiende tus derechos.
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