Cuando uno no puede satisfacer la deuda bancaria, aquí tenemos que tener en cuenta que hay una parte contratante y la parte que asume, por así decirlo, ese contrato que ha llevado a efecto con el banco.
Hay una noticia buena y una noticia mala. Así pues, si quiere saber cómo negociar una quita de la deuda, debe saber que el banco es quien tiene la sartén por el mango. Esa es la noticia mala. Pero la noticia buena es que ningún banco quiere convertirse en inmobiliaria o sencillamente en tener saldo deudor.
Por lo tanto, en este tipo de casos, lo normal, lo aconsejable, es que:
Vayan de motu proprio por voluntad propia al banco le explican la situación, lleven la declaración de la renta y le indiquen de manera fehaciente, de manera directa, que no pueden afrontar los débitos contraídos.
A partir de ahí se puede llevar a efecto lo que se llama una carencia de capital, que al fin y al cabo es pagar solo intereses, limitando la deuda. La deuda que prosigue.
Eso puede darle respiro a usted durante dos, cuatro años, según la quita que pueda negociar con el banco. Pero se trata de una negociación. Siempre hay que intentar tratar con el director del banco o con el asesor que tenga usted asignado con el banco para solucionar este extremo.
Y hay una segunda cosa buena y es que efectivamente el banco suele estar bastante interesado. Y llevando correctamente la negociación de la quita, da la mano en este terreno para que las cosas, vuelvan a su cauce y usted pueda satisfacer los créditos, los débitos y ellos puedan seguir manteniendo su margen de beneficios y no saldos negativos. Por lo tanto, es una reciprocidad de quehaceres y de coherencia.
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