¿Se puede PROHIBIR el alquiler turísticos en nuestra comunidad de vecinos?
Si es posible o no prohibir los pisos turísticos en una comunidad de vecinos es una pregunta que se hacen de forma habitual los copropietarios de una finca o urbanización.
Desde el 6 de marzo de 2019, las comunidades de propietarios tienen la posibilidad de limitar o condicionar los pisos turísticos y la actividad económica consecuente, siempre y cuando haya un acuerdo favorable de las 3/5 partes del total de los propietarios.
Desde esta fecha hasta el día de hoy, las comunidades de propietarios pueden llegar a ciertos acuerdos con el objetivo de establecer gastos especiales, incluso un incremento, en las cuotas de la comunidad del propietario que realice la actividad turística, siempre y cuando estas no impliquen un incremento mayor al 20%.
![](https://i.ytimg.com/vi/fBt7JG-HY8w/maxresdefault.jpg)