La Ley Orgánica 3/2018 de 5 de diciembre, de Protección de Datos y garantía de los derechos digitales, vigente desde el 7 de diciembre, regula por primera vez el derecho a la desconexión que necesitará que vaya penetrando y evolucionando hasta que realmente sea una realidad.
Este derecho a la desconexión recogido en el artículo 88 de la ley contempla la obligación de garantizar a los empleados, fuera de su jornada laboral, el respeto a su descanso, vacaciones y permisos, así como a su intimidad personal y familiar, y todo mediante el no uso de medios electrónicos puestos a disposición del trabajador.
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