Responde conferencista: Miguel Santiago Pantoja
Si una persona arrienda un local, pero no hace firmar un contrato de arrendamiento y en la actualidad le deben un mes por dicho concepto, ¿puede pedir el local bajo ese argumento?
Miguel Santiago Pantoja, especialista en derecho comercial, aclara que, en este caso, por tratarse del arriendo de un local y no de una vivienda urbana, se debe aplicar lo dispuesto en el Código de Comercio. También explica si es necesario o no elaborar un contrato escrito para lleva a cabo el arriendo del bien inmueble.
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